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La Suprema Corte dice que menores de edad pueden decidir cambiar de género

Ciudad de México.— La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ordena proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes a modificar su identidad de género en documentos oficiales, ha generado críticas y debate en distintos sectores de la sociedad.

 

La Corte determinó que limitar este trámite únicamente a personas mayores de edad resulta discriminatorio y vulnera derechos como la identidad y el libre desarrollo de la personalidad. La resolución deriva de un caso relacionado con la legislación del estado de Guerrero, que establecía que solo los mayores de 18 años podían realizar ese cambio legal.

 

Sin embargo, la decisión ha sido cuestionada por voces que consideran que abre la puerta a que menores tomen decisiones de gran impacto legal a una edad en la que aún no cuentan con otras facultades cívicas. Señalan que en México los menores de edad no pueden votar, firmar contratos legales o conducir vehículos, por lo que consideran contradictorio que sí puedan modificar legalmente su identidad de género.

 

Para sectores críticos, el tema requiere un debate más amplio sobre la protección de la infancia, la responsabilidad de los padres y los alcances de las decisiones judiciales en materia de identidad de género.

 

Por su parte, organizaciones de derechos humanos respaldaron la resolución al considerar que fortalece la protección legal de las infancias trans y combate la discriminación.

 

La discusión ocurre en medio de un debate creciente en el país sobre los límites entre los derechos de las infancias, la autonomía personal y la intervención del Estado en temas de identidad y desarrollo.


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